DECRETO N° 420/21
INCORPORA A PLANTA TEMPORARIA ESTRUCTURA DE CARGOS DE CENTROS ASISTENCIALES DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20996, el día 27 de Mayo de 2021.



SALTA, 21 de Mayo de 2021

DECRETO Nº 420

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 321-64326/2021

VISTO
el Decreto Nº 252/2021, por medio del cual se aprueba el Acta Acuerdo Salarial para el personal de salud - año 2021 - suscripta entre el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y representantes de entidades sindicales; y,

CONSIDERANDO:

Que, en esa oportunidad se acordó que el Ministerio de Salud Pública trabajaría en la incorporación gradual de los agentes que se encontraban prestando servicios en distintos Centros Asistenciales de la Provincia, bajo la modalidad de personal contratado;

Que como una primera medida y ante las necesidades presentadas por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, a través de la Decisión Administrativa Nº 733/2020 se contrataron a más de mil (1.000) agentes para que presten servicios en el ámbito del Ministerio de Salud Pública;

Que en esta instancia y a los efectos de continuar cumpliendo con los compromisos asumidos en la citada Acta Acuerdo, se estima conveniente la incorporación a planta temporaria del personal que viene prestando servicios en el ámbito del Ministerio de Salud Pública;

Que de esta manera se brinda solución a un antiguo requerimiento del personal de salud pública que desde hace tiempo viene reclamando se le brinde una solución a su situación laboral, permitiéndoles ingresar al régimen previsto en el Estatuto del Personal de la Salud de la Provincia -Ley Nº 7.678-;

Que han tomado intervención los organismos técnicos y jurídicos competentes del Ministerio de Salud Pública señalando que se encuentra acreditada la idoneidad de los agentes para su correspondiente designación y que el presente trámite no representa un aumento del número de cargos previstos para la jurisdicción;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144, inciso 2º, de la Constitución Provincial, y lo previsto en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Con vigencia al 1º de abril de 2021, incorpórese a la planta temporaria y estructura de cargos de los Centros Asistenciales de la Provincia, los cargos consignados en el Anexo I que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase en carácter de personal temporario y con vigencia desde el 1º de abril de 2021 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, al personal consignado en el Anexo III, en los cargos vacantes detallados en el Anexo II, los que forman parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3º.- Déjase establecido que las mencionadas designaciones serán en los cargos, agrupamientos, subgrupos, función y nosocomio que en cada caso se indica, con régimen horario de treinta (30) horas semanales.

ARTÍCULO 4º.- Los errores y omisiones que pueden detectarse en lo aprobado por el presente, no crea derecho alguno y deberá subsanarse por Resolución Delegada del Ministerio de Salud Pública, respetando la normativa vigente.

ARTÍCULO 5º.- La erogación resultante deberá imputarse a Cursos de Acción: Varios, Inciso: Gastos en Personal, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO




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