DECRETO N° 428/21
OTORGA SUBSIDIO PACIENTE THIAGO LUIS GUANTAY.

Publicado en el Boletín N° 21000, el día 02 de Junio de 2021.



SALTA, 28 de Mayo de 2021

DECRETO Nº 428

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 321-46728/2013 corresponde 54

VISTO
el subsidio que se gestiona a favor del paciente Thiago Luis Guantay; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de internación domiciliaria con medicina incluida y alimentación parenteral para el mencionado paciente, correspondiente al mes de febrero de 2021;

Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el área de salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficierte atención;

Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues este debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos (cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial);

Que de las constancias de autos, surge que el paciente Guantay ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetva razonabilidad para su otorgamiento;

Que la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento, la Dirección General de Administración y Finanzas y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública tomaron la intervención previa de su competencia;

Por ello, y en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente THIAGO LUIS GUANTAY, DNI Nº 48.209.348, por la suma de pesos quinientos setenta y dos mil setecientos dos con sesenta y ocho centavos ($ 572.702,68), destinado a cubrir el costo de internación domiciliaria con medicina incluida y alimentación parenteral, correspondiente al mes de febrero de 2021, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse al Curso de Acción: 081013000300, Gestión de Pacientes, Cuenta; 415123. Auxiliar 1004.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban - Posadas






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