DECRETO N° 432/23
CREA LA MESA DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO DE LA PROVINCIA DE SALTA. APRUEBA REGLAMENTACIÓN - LEY N° 8302.

Publicado en el Boletín N° 21519, el día 27 de Julio de 2023.



SALTA, 24 de Julio de 2023

DECRETO Nº 432

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. Nº 11-175752/2022-0.-

VISTO la Ley Nº 8302; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la citada ley, la Provincia de Salta adhirió al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, instaurado por la Ley Nacional Nº 27.506 y sus modificatorias;

Que en dicho marco, la norma local creó asimismo el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Salta, para la formación y radicación de empresas que tengan por objeto las actividades previstas en el artículo 2º de la Ley Nacional 27.506, previendo para ello el otorgamiento de distintos tipos de beneficios fiscales, así como también de estímulos económicos por investigación, desarrollo, planificación y formación y asistencias al empleo que incorpore mano de obra local, a través del otorgamiento de subsidios de tasas en líneas de crédito bancarias, líneas extra bancarias para el financiamiento de capital de trabajo y ayudas económicas;

Que el Poder Ejecutivo provincial ha tomado la firme decisión de promover el desarrollo de la Economía del Conocimiento, como una actividad económica de expedito crecimiento;

Que en ese marco, resulta menester crear un espacio de encuentro integrado por representantes del sector público, privado, instituciones académicas, instituciones dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica (l+D+i) y otras instituciones que se estime pertinente convocar, cuya función será la de asesorar a la autoridad de aplicación de la Ley Nº 8302 en el desarrollo de las actividades comprendidas en la Economía del Conocimiento;

Que asimismo, para la correcta implementación del citado régimen de promoción resulta necesaria su reglamentación, a fin de precisar aquellos aspectos, que requieren una mayor especificación para que el mismo resulte plenamente operativo;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el inciso 3º del artículo 144 de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Mesa del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Salta, la que estará integrada por representantes del sector público, privado, instituciones académicas, instituciones dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica (l+D+i) y toda aquella que se estime pertinente convocar, cuya función será la de asesorar a la autoridad de aplicación de la Ley Nº 8302 en el desarrollo de las actividades comprendidas en la Economía del Conocimiento, con carácter ad honorem.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 8302, la que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3º.- Facúltese a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la debida operativa del presente.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º. - Comuníquese, publíqueáe en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - De los Ríos Plaza - Cánepa - López Morillo



VER ANEXO


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