DECRETO N° 433/22
AUTORIZA AL SR. MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS, A REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS PREVIOS PARA CONVENIR CON EL SECTOR PÚBLICO NACIONAL EL OTORGAMIENTO DE FONDOS A CUENTA DE RECURSOS A PERCIBIR PARA ACCEDER A LA REALIZACIÓN DE LA OBRA: REPAVIMENTACIÓN CON CARPETA ASFÁLTICA CON POLÍMETRO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - RUTA PROVINCIAL Nº 23, TRAMO: CERRILLOS - ROSARIO DE LERMA, SECCIÓN: PROG. 0,00 M. - 11.460,00 M".

Publicado en el Boletín N° 21260, el día 29 de Junio de 2022.



SALTA, 29 de Junio de 2022

DECRETO N° 433

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. N° 11-129039/2022 Cde.1.-

VISTO los recaudos para acceder a las fuentes de financiamiento nacional, previstos en la Ley N° 8298, Ley Nacional N° 25.917

y Decreto Nacional N° 1.731/2004; y,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario cumplimentar de manera eficiente y eficaz con los mismos, a los efectos de obtener una pronta respuesta para atender las necesidades económicas y sociales de la Provincia;

Que a tales efectos se considera pertinente autorizar al señor Ministro de Economía y Servicios Públicos a realizar todos los trámites previos a la firma del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión a suscribir entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Salta;

Que el citado Convenio tendría por objeto acceder al financiamiento necesario para la obra denominada “Repavimentación con Carpeta Asfáltica con Polímero y Obras Complementarias - Ruta Provincial N° 23, Tramo: Cerrillos - Rosario de Lerma, Sección: Prog. 0,00 m. - 11.460,00 m.”;

Que la mentada autorización debe cumplir con las disposiciones establecidas en las Leyes N° 25.917 y su modificatoria N° 27.428, ambas referidas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, como así también, para convenir con dicho Sector el otorgamiento de fondos a cuenta de recursos a percibir;

Que atento a las competencias propias del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, resulta ser éste el organismo adecuado para llevar a cabo las gestiones señaladas precedentemente;

Por ello, en uso de las potestades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, y 144, inciso 1), de la Constitución Provincial, y por la Ley N° 8171, modificada por su similar N° 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, a realizar todos aquellos actos previos para convenir con el Sector Público Nacional el otorgamiento de fondos a cuenta de recursos a percibir, como así también para realizar las gestiones tendientes a materializar endeudamientos a los que pueda acceder con dicho Sector, para la realización de la obra: “Repavimentación con Carpeta Asfáltica con Polímero y Obras Complementarias - Ruta Provincial N° 23, Tramo: Cerrillos - Rosario de Lerma, Sección: Prog. 0,00 m. - 11.460,00 m.", dando cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Nacional N° 25.917 y su modificatoria N° 27.428 referidas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno.

ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por el señor Ministro de Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Camacho - López Morillo






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