DECRETO N° 438/20
AUTORIZA EL VUELO SANITARIO OFICIAL DE LA AERONAVE LEARJET 45 XR LV-ARD, DE PROPIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL, A LOS FINES DE EFECTUAR EL TRASLADO DEL PACIENTE LUCIANO MIGUEL GONZÁLEZ, D.N.I. N° 35.461.208, DESDE LA CIUDAD DE CALAMA, CHILE, HACIA LA PROVINC

Publicado en el Boletín N° 20778, el día 13 de Julio de 2020.



SALTA, 09 de Julio de 2020

DECRETO Nº 438

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 226-159175/2020-0

VISTO
el pedido efectuado respecto a la repatriación por razones sanitarias respecto al Sr. Luciano Miguel González, mediante vuelo sanitario oficial, a realizar desde la ciudad de Calama, Estado de Chile, hacia la ciudad de Salta, Argentina; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado vuelo sanitario se realizará el día 11/07/2020 del corriente año, a fin de trasladar al paciente Luciano Miguel González;

Que han tomado intervención los organismos correspondientes;

Por ello, con encuadre en los Decretos Nº 4.955/2008, Nº 4.308/2010, Nº 233/2019 y Nº 248/2019,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el vuelo sanitario oficial de la aeronave Learjet 45 XR LV-ARD, de propiedad del Estado Provincial, a los fines de efectuar el traslado del paciente Luciano Miguel González, DNI Nº 35.461.208, desde la ciudad de Calama, Chile, hacia la provincia de Salta, el día 11/07/2020, a cargo de la tripulación de la Dirección General de Aviación Civil que se detalla a continuación, liquidándoseles los viáticos correspondientes de acuerdo a la legislación vigente, más gastos para el traslado del avión, movilidad y eventuales, con cargo de oportuna rendición de cuentas:

COMISIONADOS:

- Comandante de Aeronave: Carlos Andrés Marton, DNI Nº 17.284.036.

- Piloto: Horacio Gonzalo Tulian, DNI Nº 22.567.810.

MÉDICOS AEROEVACUADORES DE SAMEC

- Dr. Néstor Patricio Peyret, DNI Nº 26.030.447.

- Enfermero: Víctor Pavón, DNI Nº 28.419.321.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a las partidas respectivas de la Jurisdicción que corresponda. Ejercicio 2020.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Salud Pública y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Medrano de la Serna - Posadas








Responsive image Responsive image