DECRETO N° 446/23
DISPONE PASE SITUACIÓN DE RETIRO OBLIGATORIO. PERSONAL SUBALTERNO. SUB. OF. MY. MARIBEL ROSA HERRERA Y OTROS. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21520, el día 28 de Julio de 2023.



SALTA, 26 de Julio de 2023

DECRETO Nº 446

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0140050-281334/2022-0

VISTO la Disposición Nº 265/2023, dictada por la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta (SPPS); y,

CONSIDERANDO

Que por conducto de la citada disposición se propuso a la Subsecretaría de Políticas Penales, propiciar ante el Poder Ejecutivo el dictado del instrumento legal respectivo, a fin de proceder al inicio del trámite de Retiro Obligatorio del Personal Subalterno, por haber alcanzado 25 (veinticinco) años de servicio;

Que la medida propuesta se fundamenta en las condiciones arribadas por la Junta de Eliminación del año 2023, en base al análisis de los antecedentes laborales, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario de la Provincia- y por la Ley Nº 5639 -Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta-;

Que las causas que se tuvieron en cuenta para el Retiro Obligatorio fueron haber cumplido con 25 (veinticinco) años de servicio a diciembre de 2022, conforme lo establecido en los artículos 35 y 42 inciso c), del Decreto Nº 1108/1985;

Que los retiros propuestos permitirán el mantenimiento de la estructura piramidal de mando y generar vacantes que redundarán en la lógica y justa expectativa de ascenso anual del Personal Penitenciario;

Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;

Que, por otra parte, han tomado debida intervención los servicios jurídicos de la Dirección de Cuerpo Penitenciario del SPPS (conf. Dictamen Nº 146/2023), de la Subsecretaría de Políticas Penales (conf. Dictamen Nº 66/2023), y del Ministerio de Seguridad y Justicia (conf. Dictamen Nº 544/2023), los cuales coinciden en que se disponga el Retiro Obligatorio;

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 1108/1985 y en las Leyes Nº 5639, Nº 6818 y Nº 8128,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio del Personal Subalterno del Servicio Penitenciario de la Provincia, que se consigna en el Anexo que forma parte del presente y por la causal que se especifica.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a situación de retiro, los agentes detallados en el Anexo que forma parte del presente, deberán hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviesen pendientes de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decrelo Nº 2875/1997.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.





SÁENZ - Domínguez - López Morillo



VER ANEXO




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