DECRETO N° 465/20
APRUEBA ADENDA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE. SR. HÉCTOR MANZUR CHIBÁN.

Publicado en el Boletín N° 20807, el día 24 de Agosto de 2020.



SALTA, 29 de Julio de 2020

DECRETO Nº 465

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 234-191012/2019

VISTO
la Adenda al contrato de locación de inmueble suscripta entre el entonces Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social y el señor Héctor Manzur Chibán; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.315/2018 se aprobó el contrato de locación suscripto entre el entonces Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario y el señor Chibán sobre los inmuebles ubicados en calles 25 de Mayo Nº 872 y Necochea Nº 871 de la ciudad de Salta, por el período comprendido entre el 21 de septiembre de 2017 y hasta el 20 de septiembre de 2019;

Que las partes acordaron ampliar el plazo del mencionado contrato por tres meses más, es decir desde el 21 de septiembre de 2019 y hasta el 20 de diciembre del mismo año;

Que el Servicio Administrativo Financiero y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio del rubro han tomado la intervención previa que les compete;

Que se ha dado debida participación a la Unidad Central de Contrataciones y a los organismos técnicos competentes del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, y en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 6.838, su Decreto Reglamentario Nº 1.448/1996, y el artículo 110 de la Ley Nº 8.072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Adenda al contrato de locación de inmueble, suscripta entre el entonces Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social y el señor Héctor Manzur Chibán, DNI Nº 7.254.007, la que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- La erogación de lo dispuesto precedentemente, será atendida con fondos de la Cuenta 413200, de la Unidad de Organización 561001000100, del Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Figueroa - Posadas



VER ANEXO




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