DECRETO N° 469/22
AUTORIZA LICENCIA GREMIAL CON GOCE DE HABERES. SRA. CLAUDIA ROSANA GUMIEL.

Publicado en el Boletín N° 21267, el día 08 de Julio de 2022.



SALTA, 6 de Julio de 2022

DECRETO Nº 469

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120047-37790/2022-0

VISTO la solicitud de licencia gremial con goce de haberes a favor de a señora Claudia Rosana Gumiel; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada agente resultó electa en el cargo de Secretaria de Comunicación y Prensa del Consejo Directivo del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Seccional Salta;

Que, como consecuencia de ello, el Secretario General de dicho sindicato solicita el otorgamiento de la licencia, a partir del 5 de julio de 2019 hasta el 4 de julio de 2023;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 2) de la Constitución Provincial, y con encuadre en los artículos 2º de la Ley Nº 8171, su modificatoria y 42 del Decreto Nº 2615/2005,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase, con vigencia desde el 5 de julio de 2019 y hasta el 4 de julio de 2023, licencia gremial con goce de haberes a la señora Claudia Rosana Gumiel, D.N.I. Nº 24.799.047, docente de la Unidad Educativa Nº 4022, dependiente de la Dirección General de Educación Primaria del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, por su designación como Secretaria de Comunicación y Prensa del Consejo Directivo del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Seccional Salta.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la licencia gremial otorgada a la mencionada agente, será con encuadre legal en el artículo 42 del Decreto Nº 2615/2005 en concordancia con lo establecido en el artículo 71 del Decreto Nº 4118/1997.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - López Morillo




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