SALTA, 3 de Agosto de 2023
DECRETO Nº 472
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 1090234-287837/2022-0
VISTO la solicitud de licencia gremial con goce de haberes a favor de Daniela Irma Schiffitto; y,
CONSIDERANDO:
Que la señora Schiffitto, resultó electa como miembro de la Comisión Ejecutiva de la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA);
Que, como consecuencia de ello, se solicitó el otorgamiento de la licencia gremial a favor de la misma, a partir del 1º de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos se expidió favorablemente, mediante Dictamen Nº 11787/2023;
Que, asimismo, la Coordinación Administrativa de la Gobernación tomó la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144, inciso 2), de la Constitución Provincial, y con encuadre en los artículos 2º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274, y 42 del Decreto Nº 2615/2005,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase licencia gremial con goce de haberes, a la señora Daniela Irma Salomé Schiffitto, D.N.I. Nº 25.993.841, personal de planta permanente de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del 1º de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2026, para ejercer su mandato como miembro de la Comisión Ejecutiva Provincial de la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA).
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la licencia gremial otorgada a la mencionada agente, será con encuadre legal en el artículo 42 del Decreto Nº 2615/2005, en concordancia con lo establecido en el artículo 71 del Decreto Nº 4118/1997.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo