DECRETO N° 477/20
APRUEBA ADDENDA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE. SRA. GRACIELA ADELINA BRANDÁN. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE LA DELEGACIÓN DE SECRETARÍA DE TRABAJO EN LA LOCALIDAD DE JOAQUÍN V. GONZÁLEZ.

Publicado en el Boletín N° 20798, el día 10 de Agosto de 2020.



SALTA, 05 de Agosto de 2020

DECRETO Nº 477

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 233-29519/16-2

VISTO
el Decreto Nº 779/2016 que aprobó el contrato de locación de inmueble suscripto entre el entonces Ministerio de Trabajo y los señores Graciela Adelina Brandan y Jaime Bernardino Fernández; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho inmueble fue destinado para el funcionamiento de la Delegación de la Secretaría de Trabajo en la localidad de Joaquín V. González;

Que ante el vencimiento del contrato, la señora Graciela Adelina Brandan, por sus derechos y en carácter de apoderada del señor Jaime Bernardino Fernández, suscribe con el titular del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, una Addenda a los efectos de prorrogar su vigencia de conformidad a la normativa que lo rige;

Que han tomado la intervención de su competencia, el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Addenda del contrato de locación de inmueble suscripta entre el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y la señora Graciela Adelina Brandán DNI Nº 14.298.102 por sus derechos y en su carácter de apoderada del señor Jaime Bernardino Fernández DNI Nº 11.466.028, ambos en su carácter de propietarios, la que como anexo forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida correspondiente a la Jurisdicción y Curso de Acción correspondiente a la Secretaría de Trabajo - Ejercicio Vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas



VER ANEXO


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