DECRETO N° 490/20
SUBSIDIO. PACIENTE JORGE ISIDRO OLMOS.

Publicado en el Boletín N° 20800, el día 12 de Agosto de 2020.



SALTA, 10 de Agosto de 2020

DECRETO Nº 490

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expedientes Nros. 76-283155/19 y 237-165.337/19 Corresponde 3.

VISTO
el subsidio que se gestiona a favor del señor Jorge Isidro Olmos y de la señora Vanesa Edith Pastrana; y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a los diagnósticos acompañados en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir los costos de medicamentos para los mencionados pacientes;

Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el Área de Salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;

Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos (cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial);

Que de las constancias de autos surge que el señor Jorge Isidro Olmos y la señora Vanesa Edith Pastrana han cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetiva razonabilidad para su otorgamiento;

Que la Dirección de Abastecimiento y Mantenimiento y el Programa de Extensión de Cobertura por Especialistas del Ministerio de Salud Pública, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente JORGE ISIDRO OLMOS, DNI Nº 37.747.132, por la suma de pesos ciento treinta y ocho mil doscientos uno con cincuenta y siete centavos ($138.201,57), para la compra de medicamentos, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.

ARTÍCULO 2º.- Otórgase subsidio a la paciente VANESA EDITH PASTRANA, DNI Nº 31.182.838, por la suma de pesos doscientos veintisiete mil ciento noventa y uno con noventa y ocho centavos ($227.191,98), para la compra de medicamentos, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.

ARTÍCULO 3º.- La erogación resultante deberá imputarse a la Unidad de Costos: 081013000300, de Gestión de Pacientes, Cuenta: 415123, Auxiliar: 1004.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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