DECRETO N° 50/24
APRUEBA ADENDA Nº 2 AL CONVENIO DE COOPERACIÓN Y COMPROMISO PARA LA ASISTENCIA EN LA CESIÓN GRATUITA CONDICIONADA DE EQUIPAMIENTO MEDIANTE EL FONDO NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO ENTRE EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21634, el día 18 de Enero de 2024.



SALTA, 15 de Enero de 2024

DECRETO Nº 50

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 226-233548/2023-0

VISTO la “Adenda Nº 2 al Convenio Marco de Cooperación y Compromiso para la Asistencia en la Cesión Gratuita Condicionada de Equipamiento mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego” entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del Decreto Nº 795/2022 se aprobó el Convenio Especifico al Convenio Marco de Cooperación y Financiación para la asistencia en la cesión gratuita condicionada de maquinaria mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego, suscripto entre el entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y la Provincia de Salta;

Que en ese marco, con el objeto de coadyuvar a las acciones para prevenir siniestros en materia de incendios forestales y rurales, las partes suscriben la presente adenda;

Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial, y lo previsto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA
:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la “Adenda Nº 2 al Convenio de Cooperación y Compromiso para la Asistencia en la Cesión Gratuita Condicionada de Equipamiento mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y la Provincia de Salta”, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo



VER ANEXO


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