DECRETO N° 500/21
APRUEBA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE Y ADENDA - CATASTRO Nº 162.523 DE LA CIUDAD DE SALTA. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Publicado en el Boletín N° 21021, el día 02 de Julio de 2021.



SALTA, 29 de Junio de 2021

DECRETO Nº 500

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expte. Nº 0120159-131455/2015-0

VISTO
la prórroga del Contrato de Locación de Inmueble y la Adenda al mismo, suscriptos entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Cánepa y Emprendimientos Inmobiliarios SRL, representada por el señor Héctor Manzur Chiban; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1.065/17 se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle Caseros Nº 1075 identificado con Catastro Nº 162.523 de la ciudad de Salta, el cual será destinado para el funcionamiento de Oficinas dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que el referido contrato de locación previó la posibilidad de prórroga, por lo que en esta instancia haciendo uso de dicha facultad, se procedió a la celebración de la misma;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001 y en el artículo 110 de la Ley Nº 8.072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del Contrato de Locación de Inmueble y la Adenda al mismo, suscriptos entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Canepa y Emprendimientos Inmobiliarios SRL, representada por el Señor HÉCTOR MANZUR CHIBAN LE 7.254.007, a partir del 01/08/20 y hasta el 31/07/22, los que como anexo forman parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07-SAF 1 - Curso de Acción 003-Actividad 0001- Servicios No Personales - Secretaría de Control y Procesos - Código: 071003000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el Señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa- Posadas



VER ANEXO




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