DECRETO N° 505/24
DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL AL "XIII SEMINARIO INTERNACIONAL LITIO EN LA REGIÓN DE SUDAMÉRICA", A LLEVARSE A CABO EN LA PROVINCIA DE JUJUY.

Publicado en el Boletín N° 21789, el día 09 de Septiembre de 2024.



SALTA, 5 de Septiembre de 2024

DECRETO Nº 505

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 0090302-104117/2024-0

>VISTO la solicitud de declaración de Interés Provincial del “XIII Seminario Internacional Litio en la Región de Sudamérica”, a llevarse los días 9 y 10 de octubre de 2024, en la Provincia de Jujuy; y,

CONSIDERANDO:

Que el evento reunirá a especialistas, empresarios y funcionarios del ámbito minero para discutir y promover el desarrollo sostenible de la industria del litio en la región sudamericana;

Que la Secretaría de Minería y Energía considera que el acontecimiento implicará una oportunidad para fortalecer el marco político regional, el impulso a la Mesa de Litio, la promoción de inversiones y alianzas estratégicas, el desarrollo de la industria, la generación de empleo, el enfoque en la sustentabilidad e innovación, y el posicionamiento internacional de la Provincia;

Que la Coordinación Jurídica y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, han tomado la intervención que les compete;

Que es propósito del Poder Ejecutivo alentar este tipo de eventos;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, de la Constitución Provincial y 1º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Provincial al “XIII Seminario Internacional Litio en la Región de Sudamérica", a llevarse a cabo los días 9 y 10 de octubre de 2024, en la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la presente declaración no devengará erogación alguna al Estado Provincial.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General del la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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