DECRETO N° 509/22
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DEL INMUEBLE - MATRICULA Nº 70.362 DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO ESPECIAL Nº 7142 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21275, el día 20 de Julio de 2022.



SALTA, 18 de Julio de 2022

DECRETO Nº 509

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120160-3238/2007-0

VISTO el Decreto Nº 655/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mismo se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en la calle 20 de Febrero Nº 728 de la ciudad de Salta, identificado con la Matricula Nº 70.362 del Departamento Capital, destinado al funcionamiento de Instituto Especial Nº 7142 Talleres Artísticos Literarios “Jaime Dávalos'", y/o cualquier unidad educativa u oficina que determine el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente, las partes convienen prorrogarlo desde el día 1º de enero de 2022 y hasta el día 31 de diciembre de 2023;

Que atento lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 102D/2022 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, han tomado debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 803/2001 y por el artículo 110 de la Ley Nº 8072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del contrato de locación suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y el señor Bernabé Enrique Gerchinhoren, D.N.I. Nº 7.235.068, a partir del 1º de enero de 2022 y hasta el 21 de diciembre de 2023, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación - SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 013 -Actividad: 0001 - Servicios no personales -Educación Secundaria - Código: 071013000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - López Morillo



VER ANEXO


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