DECRETO N° 510/22
APRUEBA CONTRATO DE LOCACIÓN DEL INMUEBLE - MATRICULA Nº 133 DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21275, el día 20 de Julio de 2022.



SALTA, 18 de Julio de 2022

DECRETO Nº 510

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 255-255310/2021-0 y Agregados.-

VISTO el Contrato de Locación suscripto entre la Unidad Central de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y el señor Marcelo Jesús Pérez Alfaro; y,

CONSIDERANDO:

Que el referido Contrato tiene por objeto la locación de un inmueble ubicado en calle Leguizamón Nº 1112 de la ciudad de Salta, identificado catastralmente como Matrícula Nº 133, Sección “H”, Manzana 75, Parcela 13, del Departamento Capital, para ser destinado al funcionamiento de la Unidad Central de Contrataciones;

Que habiéndose llevado a cabo el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 270/2021, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15, inciso d), de la Ley Nº 8072 -Sistema de Contrataciones de la Provincia-, el Ministerio de Economía y Servicios Públicos emitió la Resolución Nº 53/2022, por la cual se aprobó dicho procedimiento y se adjudicó la contratación al señor Marcelo Jesús Pérez Alfaro, por ser el único oferente y ajustarse a lo solicitado;

Que en virtud de lo dispuesto por Resolución Nº 102D/2022 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que en igual sentido, intervinieron el Servicio Administrativo Financiero, la Unidad de Sindicatura Interna y la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del citado Ministerio;

Por ello, con encuadre en lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación suscripto entre a Unidad Central de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y el señor Marcelo Jesús Pérez Alfaro, D.N.I. Nº 13.414.388, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse a la partida pertinente de la Jurisdicción - Curso de Acción y Cuenta Objeto correspondientes - Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO


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