DECRETO N° 514/24
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA. EJERCICIO 2024 DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 21791, el día 11 de Septiembre de 2024.



SALTA, 6 de Septiembre de 2024

DECRETO Nº 514

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

>Expedientes Nº 130-20855/2024, Nº 130-20855/2024-Cde. 1, Nº 234-66828/2024, Nº 159-71649/2024, Nº 411-37539/2024-Cde. 13, Nº 272-49597/2024, Nº 44-70256/2024, Nº 321-82631/2024, Nº 321-86124/2024-Cde. 1, Nº 50-34422/2024-Cde. 1, Nº 288- 46631/2024, Nº 11-87273/2024, Nº 41-84740/2024, Nº 231-85894/2024, Nº 41- 65149/2024, Nº 401-144673/2023-Cde. 6, Nº 44-56768/2024-Cde. 1, Nº 11- 88658/2024, Nº 234-67289/2024, Nº 41-87072/2024, Nº 411-37539/2024-Cde. 18, Nº 236-83472/2024, Nº 11-90764/2024, Nº 272-49597/2024-Cde. 1, Nº 236-90718/2024, Nº 130-20825/2024, Nº 130-20786/2024-Cde. 1, Nº 59-37468/2024-Cde. 3, Nº 11- 90745/2024, Nº 89-90655/2024, Nº 321-82266/2024-Cde. 1, Nº 411-37539/2024-Cde. 8, Nº 44-56768/2024-Cde. 2 y Nº 408-90300/2024-Cde. 1

VISTO los pedidos de modificaciones de partidas presupuestarias efectuados por los Servicios Administrativos Financieros de Administración Central, referidos al Ejercicio 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercicio 2024;

Que la Ley Nº 8363 de Presupuesto Ejercicio 2023 prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada partida de recursos y/o fuentes financieras, como así también los ingresos que se produzcan en el curso del ejercicio o que se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha ley;

Que, a su vez el artículo 25 de la Ley Nº 8363 de Presupuesto Ejercicio 2023, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar el excedente de recaudación generado por organismos que reinvierten sus recursos, como asimismo a incorporar los recursos no comprometidos al cierre del ejercicio anterior, en la cuenta pertinente del rubro fuentes financieras, ampliando en igual monto las partidas de gastos y/o aplicaciones financieras correspondientes;

Que asimismo el artículo 46 de la Ley Nº 8363 autoriza al Poder Ejecutivo a disponer las incorporaciones y/o reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, habilitando en su caso la fuente financiera pertinente, en relación con los gastos que se produzcan en el ámbito del Poder Judicial y del Ministerio Público, como consecuencia de sus necesidades de funcionamiento y la creación de nuevos tribunales, defensorías, asesorías de incapaces y fiscalías, procediéndose a ampliar las plantas de cargos en la cantidad que se convenga con el Poder Ejecutivo;

Que el artículo 31 de la Ley Nº 8363, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Eercicio 2024, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o Transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;

Que debe procederse al registro de tales modificaciones en las jurisdicciones pertinentes de Administración Central, reflejando su incidencia en los Presupuestos del Hospital Público Materno Infantil SE, Hospital San Bernardo, Hospital Dr. Arturo Oñativia y Red de Gestión Comunitaria Metán;

Que el artículo 7º de la Ley Nº 8363 de Presupuesto Ejercicio 2023 prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, expresa que para los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado serán de aplicación las normas que dicha ley prevé para la Administración Provincial en materia de incorporaciones y modificaciones presupuestarias;

Que, por lo expuesto, deben ratificarse las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con el cuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 126/2024;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2024 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en el Anexo I del presente decreto, con el cuadre en lo dispuesto en los artículos 19, 25 y 46 de la Ley Nº 8363, prorrogada per la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, por un importe total de Pesos Siete Mil Novecientos Treinta y Cinco Millones Ciento Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Setenta y Siete Con Setenta y Cinco Centavos ($7.935.146.477,75), de acuerdo al detalle allí consignado.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por Objeto de Administración Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en los Anexos II a XXVIII integrantes de este decreto.

ARTÍCULO 3º.- Apruébanse con encuadre en el artículo 31 de la Ley Nº 8363, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, las transferencias de partidas de Gastos por Objeto efectuadas en el Presupuesto Ejercicio 2024 de Administración Central, por un importe total de Pesos Un Mil Seiscientos Trece Millones Ciento Sesenta Mil Trescientos Diez con Seis Centavos ($1.613.160.310,06), según detalle obrante en los Anexos XXIX a XXXVII de este decreto.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8363, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2024 de la Jurisdicción 35 - Hospital Público Materno Infantil SE., por un monto total de Pesos Cuatrocientos Un Millones ($401.000.000,00), de acuerdo al detalle obrante en los Anexos XXXVIII y XXXIX del presente decreto.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8363, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercido 2024 de la Jurisdicción 40 - Hospital San Bernardo, por un importe total de Pesos Dos Mil Cuatrocientos Treinta Millones ($2.430.000.000,00), según detalle obrante en los Anexos XL a LXII del presente decreto.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8363, prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2024 de la Jurisdicción 42 - Red de Gestión Comunitaria Metán, por un monto total de Pesos Ciento Treinta y Ocho Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con Seis Centavos ($138.175.264,06), de acuerdo al detalle obrante en los Anexos XLIII y XLIV del presente decreto.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8363 prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2024 de la Jurisdicción 41 - Hospital Dr. Arturo Oñativia, por un importe total de Pesos Doscientos mil ($200.000,00), según detalle obrante en Anexo XLV del presente decreto.

ARTÍCULO 8º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 126/2024, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2024, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nº 12392070, Nº 12392855, Nº 12392940, Nº 12398282, Nº 12399425, Nº 12399443, Nº 12399544, Nº 12399657, Nº 12399682, Nº 12400313, Nº 12400326, Nº 12401493, Nº 12401782, Nº 12404713, Nº 12404737, Nº 12405667, Nº 12405984, Nº 12407030, Nº 12408083, Nº 12408805, Nº 12408896, Nº 12408936, Nº 12409064, Nº 12409096, Nº 12409134, Nº 12410613, Nº 12411182, Nº 12411187, Nº 12411191, Nº 12411197, Nº 12411206, Nº 12411536, Nº 12411583, Nº 12411594, Nº 12411646, Nº 12413403, Nº 12413433, Nº 12414903, Nº 12419804, Nº 12419818, Nº 12424817, Nº 12454391 y Nº 12486500, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º de este decreto.

ARTÍCULO 9º.- Amplíase, en el marco de lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Nº 8363 de Presupuesto Ejercicio 2023 prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024, y conforme lo requerido por el Procurador General de la Provincia, la planta de personal de la Jurisdicción 14 - Ministerio Público, en la cantidad de un (01) cargo de Fiscal Penal, adecuándose a este efecto la planta de personal aprobada por el artículo 13 de dicha Ley.

ARTÍCULO 10.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19, 31 y 46 de la Ley Nº 8363 prorrogada por la Ley Nº 8416 para el Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 11.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo





VER ANEXO


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