DECRETO N° 516/20
CREA EL REGISTRO NOTARIAL Nº 218, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SALTA. DESIGNA A LA ESCRIBANA MARÍA JOSEFINA PRIETO, COMO TITULAR EL MISMO.

Publicado en el Boletín N° 20803, el día 18 de Agosto de 2020.



SALTA, 13 de Agosto de 2020

DECRETO Nº 516

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 30041-167.339/2020-0

VISTO
el expediente de referencia, mediante el cual la escribana María Josefina Prieto solicita el otorgamiento de un Registro Notarial; y,

CONSIDERANDO:

Que motiva el pedido, el haber cumplido los 10 (diez) años de adjunción, conforme lo dispuesto por el art. 2º, inc. b) del Decreto Reglamentario Nº 2.582/2000 de la Ley Nº 6.486, y los demás requisitos establecidos en ésta última;

Que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Salta, verificó que la escribana Prieto cumplimentó con las obligaciones legales, profesionales y reglamentarias, dispuestas por la norma ut-supra, y que adquirió la idoneidad necesaria para el otorgamiento de la titularidad de un Registro Notarial, resolviendo por ello mediante Acta Nº 2.388;

Que por no existir Registros Notariales vacantes con asiento en esta ciudad, para su creación correspondería el Nº 218;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia mediante Dictamen Nº 688/2020 concluyo que correspondería hacer lugar al otorgamiento de un Registro Notarial;

Por ello, en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 4º de la Ley Nº 6.486,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase el Registro Notarial Nº 218, con asiento en la Ciudad de Salta.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase a la escribana MARÍA JOSEFINA PRIETO DNI Nº 23.983.335, como titular del Registro Notarial Nº 218, con asiento en la Ciudad de Salta, en mérito a las razones precedentemente enunciadas en el considerando del presente instrumento.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas



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