DECRETO N° 552/20
DESIGNA AL ESC. MAURICIO CARLOS POMA, COMO ADJUNTO AL REGISTRO NOTARIAL Nº 126, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN JOSÉ DE METÁN.

Publicado en el Boletín N° 20809, el día 26 de Agosto de 2020.



SALTA, 24 de Agosto de 2020

DECRETO Nº 552

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 30041-183.302/2020-0

VISTO
el expediente de referencia, mediante el cual la escribana Sandra Lucía Poma, titular del Registro Notarial Nº 126, solicita la adjudicación del escribano Mauricio Carlos Poma; y,

CONSIDERANDO:

Que motiva el pedido de la escribana Poma, la necesidad de contar con la colaboración profesional debido al aumento del tráfico jurídico en su Registro;

Que el Decreto Nº 2.585/2000, reglamentario de la Ley Nº 6.486 de la Función Notarial, en su artículo 4º establece los requisitos que deben cumplirse para solicitar la adjudicación de un escribano;

Que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Salta, verifico el cumplimiento de las obligaciones legales, profesionales y reglamentarias, dispuestas por la normativa antes citada, resolviendo mediante Acta Nº 2.391 de fecha 1 de julio de 2020, que correspondería hacer lugar a la adjudicación solicitada;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia mediante Dictamen Nº 746/2020 concluyo que correspondería hacer lugar al otorgamiento de un Registro Notarial;

Por ello, en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 4º de la Ley Nº 6.486,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al escribano MAURICIO CARLOS POMA, DNI Nº 17.991.312, como adjunto al Registro Notarial Nº 126 con asiento en la ciudad de San José de Metan, a cargo de la escribana Sandra Lucía Poma, DNI Nº 16.565.371, en mérito a las razones precedentemente enunciadas en el considerando del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas




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