DECRETO N° 554/21
AUTORIZA A LA EMPRESA RECURSOS ENERGÉTICOS Y MINEROS SALTA SA, A CONVOCAR A LICITACIÓN PÚBLICA. OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL GASODUCTO LA VIÑA-GUACHIPAS Y LA RED DE GAS DOMICILIARIA DE LA LOCALIDAD DE GUACHIPAS.

Publicado en el Boletín N° 21037, el día 26 de Julio de 2021.



SALTA, 21 de Julio de 2021

DECRETO Nº 554

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

VISTO
la necesidad de la población de la Localidad de Guachipas de contar con los beneficios de la provisión de gas natural; y,

CONSIDERANDO:

Que a efectos de dar respuesta a dicha necesidad resulta preciso realizar las obras de construcción del Gasoducto La Viña-Guachipas y la Red de Gas domiciliaria de la Localidad de Guachipas;

Que la construcción de las obras referidas permitirá que los pobladores cuenten en forma inmediata con un combustible limpio y económico, satisfaciendo sus requerimientos y elevando su calidad de vida;

Que dichas obras beneficiarán en forma evidente su zona de influencia, al abastecerla de energía económica fomentando el desarrollo de les pequeños y medianos emprendimientos agropecuarios e industriales existentes o a instalarse;

Que la empresa de capital estatal mayoritario Recursos Energéticos y Mineros Salta SA (REMSa SA), tiene como parte de su objeto social la distribución, subdistribución de gas natural por redes y toda actividad relacionada con la producción, transporte, distribución, subdistribución y comercialización de gas;

Que REMSa SA ha evaluado la conveniencia, necesidad e importancia de las obras mencionadas y cuenta con la partida presupuestaria que demanda su ejecución;

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 144 inciso 2) de la Constitución Provincial, 13 de la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la empresa Recursos Energéticos y Mineros Salta SA a convocar a Licitación Pública, a fin de realizar las obras de construcción del Gasoducto La Viña-Guachipas y la Red de Gas domiciliaria de la Localidad de Guachipas.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la empresa Recursos Energéticos y Mineros Salta SA a suscribir toda la documentación necesaria y a llevar adelante las gestiones conducentes a los efectos de la implementación de la autorización dispuesta en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Producción y Desarrollo Sustentable y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - Villada (I)




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