DECRETO N° 566/20
APRUEBA ADDENDA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE. SRAS. LIDIA NOEMÍ AMADO Y OTRAS.

Publicado en el Boletín N° 20812, el día 31 de Agosto de 2020.



SALTA, 26 de Agosto de 2020

DECRETO Nº 566

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 30145-97149/2020

VISTO
el Decreto Nº 1.049/2018, que aprobó el contrato de locación de inmueble suscripto entre el entonces Secretario de Derechos Humanos y las señoras Lidia Noemi Amado, Verónica Cecilia Arquati y Anabella Lujan Arquati; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho inmueble fue destinado para el funcionamiento del Hogar de Protección Temporal para Víctimas de Violencia en la ciudad de Salta;

Que ante el vencimiento del contrato, la señora Lidia Noemí Amado, por sus derechos y en carácter de apoderada de las señoras Verónica Cecilia Arquati y Anabella Lujan Arquati, suscribe con la Secretaría de Derechos Humanos, una Addenda a los efectos de prorrogar su vigencia de conformidad a la normativa que lo rige;

Que han tomado la intervención de su competencia, el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Addenda del contrato de locación de inmueble suscripta entre la Secretaría de Derechos Humanos representada por la Dra. Mariana Reyes y la señora Lidia Noemí Amado, DNI Nº 10.167.450, por sus derechos y en carácter de apoderada de las señoras Verónica Cecilia Arquati, DNI Nº 28.261.319 y Anabella Lujan Arquati, DNI Nº 26.701.771, la que como anexo forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas



VER ANEXO




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