DECRETO N° 570/24
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO A FAVOR DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA, EL INMUEBLE - MATRÍCULA N° 168.562 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21797, el día 20 de Septiembre de 2024.



SALTA, 16 de Septiembre de 2024

DECRETO Nº 570

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Exoediente Nº 01-87506/17- 0 y agregados

>VISTO el Decreto Nº 454/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del citado decreto se otorgó en comodato por el plazo de 5 (cinco) años al Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, una fracción de 547,76 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con la matrícula Nº 168.562 del Departamento Capital, de titularidad de la Provincia de Salta, con destino a la ampliación edilicia, de aulas y salones, de la sede de dicha institución;

Que la Dirección General de Tierras y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierra y Bienes del Estado informa que se dio cumplimiento al destino descripto en el referido comodato, y que hoy en día -en dicha fracción- se encuentra el edificio donde funciona el Anexo de Capacitaciones del Colegio de Médicos de la Provincia, en virtud de lo cual, se pronuncia a favor del comodato para la continuidad de las actividades propias del mencionado Colegio, por el término de 20 (veinte) años;

Que resulta necesario señalar que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1372/2005 y por el artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada de la fracción del inmueble objeto del comodato, sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura tomó la intervención de su competencia;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7655/1972, su modificatorio Decreto Nº 1372/2005 y Decreto Nº 3149/2010, corresponde el dictado del presente instrumento;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato, a favor del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, por un plazo de 20 (veinte) años, la fracción de 547,76 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con la matrícula Nº 168.562 del Departamento Capital, propiedad de la Provincia de Salta, conforme croquis que como anexo forma parte del presente, para el funcionamiento de su Anexo de Capacitaciones.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la señora Secretaria de Tierra y Bienes del Estado a suscribir el respectivo contrato de comodato y a actuar como autoridad de contralor del mismo.

ARTÍCULO 3º.- Dése intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para su registro, y a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su registro y control.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - López Morillo







VER ANEXO


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