SALTA, 31 de Agosto de 2023
DECRETO Nº 574
MINISTERIO DE PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 142-242964/2022-0
VISTO el Convenio de Ejecución del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos (CIAF) suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que a través del citado convenio, las partes acordaron concretar la asignación de recursos provenientes del Convenio de Préstamo BIRF Nº 9313-AR suscripto entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), aprobado por Decreto Nº 843/2021, para la ejecución del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos;
Que el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Planificación del Desarrollo y la Competitividad Federal pondrá a disposición de la Provincia, fondos en carácter de Aporte No Reembolsable hasta la suma de pesos equivalente a USD 2.800.000 (Dólares estadounidenses dos millones ochocientos mil), para ser destinados en forma exclusiva al financiamiento de las actividades previstas en el marco del Subcomponente del Proyecto;
Que por su parte, la Provincia aportará recursos provinciales propios o su equivalente en bienes o servicios hasta la suma de pesos equivalente a USD 456.296 (Dólares estadounidenses cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos noventa y seis);
Que el objetivo del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos (CIAF) es fortalecer la infraestructura rural a través de inversiones públicas con el objeto de aumentar la productividad, los volúmenes de venta y la competitividad en el comercio nacional e internacional;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Ejecución del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos (CIAF), suscripto entre el Ministerio Economía de la Nación y la Provincia de Salta, que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a la partida pertinente, ejercicio correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - De los Ríos Plaza - Dib Ashur - López Morillo