DECRETO N° 576/21
DESIGNA EN CARACTER AD-HONOREM AL SR. ESTEBAN CARRAL COOK, COMO INTERVENTOR DEL PROGRAMA DE VIVIENDA POPULAR, SOCIEDAD DEL ESTADO (PRO.VI.PO. S.E.).

Publicado en el Boletín N° 21047, el día 09 de Agosto de 2021.



SALTA, 05 de Agosto de 2021

DECRETO Nº 576

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
los Decretos Nros. 1.448/2014 y 3.506/2014; y,

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los citados Decretos se dispuso la intervención administrativa del Programa de Vivienda Popular, Sociedad del Estado (PRO.VI.PO. S.E.);

Que dicha intervención fue prorrogada por el Decreto Nº 3.506/2014, a partir del 26 de noviembre de 2014 y por el término de tres meses con los alcances previstos en el Título II, Capítulo IV de la Ley Nº 5.348;

Que, de acuerdo con el artículo 24 de la citada Ley, al vencimiento del plazo o de su prórroga, la intervención caducará automáticamente, reasumiendo sus atribuciones las autoridades superiores de la Entidad, excepto que las mismas no se encontraren en ejercicio de sus cargos;

Que, en consecuencia, y dado que se presenta la excepción citada precedentemente, corresponde designar el interventor de la mencionada Sociedad hasta tanto se resuelva en definitiva la integración de las referidas autoridades;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, en carácter “ad honorem” al señor ESTEBAN CARRAL COOK, DNI Nº 17.792.124, como Interventor del Programa de Vivienda Popular, Sociedad del Estado (PRO.VI.PO. S.E.), a partir de la toma de posesión en sus funciones.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada (I)




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