SALTA, 11 de Septiembre de 2023
DECRETO Nº 608
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 104-180892/2023
VISTO el Convenio de Cooperación Institucional celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Salta para la Supervisión, Control y Asistencia de Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Personas que hayan agotado su pena y Probados; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto comprometer esfuerzos en la implementación de mecanismos efectivos de supervisión y asistencia de condenados, liberados condicionales y asistidos, personas que hayan agotado su pena y probados, que estén o hayan estado a disposición de la justicia nacional y/o federal;
Que con dicha finalidad el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se compromete a transferir la suma de pesos tres millones novecientos dieciocho mil ochocientos cuarenta ($ 3.918.840,00), destinados a la Dirección de Inserción Social y Supervisión de Liberados;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justician tomó la intervención de su competencia;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Institucional celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Salta, para la Supervisión, Control y Asistencia de Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Personas que hayan agotado su pena y Probados, el que como Anexo forma parte del instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo