DECRETO N° 610/20
APRUEBA CONVENIO ESPECÍFICO CELEBRADO ENTRE LA PROVINCIA DE SALTA Y EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).

Publicado en el Boletín N° 20835, el día 02 de Octubre de 2020.



SALTA, 30 de Septiembre de 2020

DECRETO Nº 610

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

VISTO
el Convenio Específico celebrado entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 27.233 constituyó al SENASA como autoridad de aplicación y encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones allí previstas y asimismo, declara de interés nacional la sanidad de los animales y vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y las plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna (art. 1º y 5º);

Que el citado Convenio Específico de la referencia, tiene como objeto dar continuidad a las obligaciones asumidas por las partes en el Convenio Marco de Cooperación, suscripto el 30 de diciembre de 2008, comprometiéndose a prestar toda colaboración que resulte conducente a efectos de, entre otros, posibilitar el establecimiento del futuro Centro Regional NOA Norte del SENASA, a los fines de mejorar la atención correspondiente en la zona;

Que en virtud de ello la Provincia de Salta se compromete a otorgar en préstamo al SENASA, el uso de oficinas situadas en la ciudad de Salta, las que serán destinadas al funcionamiento del futuro Centro Regional NOA Norte;

Que por su parte el SENASA se compromete a adoptar todas las medidas necesarias tendientes a la instauración del mencionado Centro, destinando el inmueble, objeto del convenio, sólo a las actividades inherentes al establecimiento del mismo;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1º y 2º, de la Constitución Provincial y el artículo 1º, de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Convenio Específico celebrado entre la Provincia de Salta y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por su señor Presidente Ing. Agr. Carlos Alberto Paz, el que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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VER ANEXO


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