DECRETO N° 634/18
DECRETO Nº 1276/2016 - CONVENIO DE COOPERACIÓN CELEBRADO CON EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN: DESIGNA A LA SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO COMO EL AREA GUBERNAMENTAL RESPONSABLE DEL DESARRROLLO, ADECUA

Publicado en el Boletín N° 20279, el día 11 de Junio de 2018.


VISTO el Decreto Nº 1276 del 17 de agosto de 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado decreto, se aprobó el Convenio de Cooperación celebrado entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta;

Que de conformidad con lo establecido en su Cláusula Tercera, inciso a), se designó por el Decreto Nº 748/2017 a la entonces Secretaría de Planificación y Banco de Proyectos dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros como el área gubernamental responsable del desarrollo, adecuación seguimiento y monitoreo de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible;

Que posteriormente el Decreto Nº 1622/2017 aprobó, con vigencia al 21 de noviembre de 2017, las estructuras ministeriales de conformidad a la Ley Nº 8053 - Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado;

Que actualmente, la Secretaría de Financiamiento dependiente del Ministerio de Economía resulta ser el organismo provincial con incumbencia técnica específica en la materia, siendo competente para llevar adelante las tareas comprometidas en el referido Convenio de Cooperación;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente;

Por ello, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Secretaría de Financiamiento, dependiente del Ministerio de Economía como el área gubernamental responsable del desarrollo, adecuación, seguimiento y monitoreo de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo acordado en el Convenio de Cooperación celebrado entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación y la Provincia de Salta, aprobado mediante el Decreto Nº 1276/2016.

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto lo dispuesto en el Decreto Nº 748/2017.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía, por el señor Jefe de Gabinete de Ministros y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Estrada - Yarade - Simón Padrós



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