DECRETO N° 645/24
APLICA SANCIÓN DE CESANTÍA. SRA. AGUSTINA MERCADO.

Publicado en el Boletín N° 21816, el día 18 de Octubre de 2024.



SALTA, 14 de Octubre de 2024

DECRETO Nº 645

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120158-53766/2020-0

VISTO la situación laboral de la señora Agustina Mercado, personal dependiente de la Dirección General de Educación Primaria; y,

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones se originaron a fin de determinar la responsabilidad que pudiera corresponderle a la señora Agustina Mercado, Maestra Escolar Auxiliar Bilingüe Titular de la Unidad Educativa Nº 4167, en virtud del informe elaborado por el Departamento Salud Laboral dependiente de la cartera educativa, por las inasistencias injustificadas durante los períodos lectivos 2019, 2020, 2021 y 2022;

Que en efecto, mediante el dictado de la Resolución Nº 763/2022 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología se autorizó a la Subsecretaría de Personal a instruir sumario administrativo a la citada agente, concluyendo en la aplicación de la sanción segregativa de cesantía por incurrir en la causal prevista en el artículo 88 del Decreto Nº 4118/1997;

Que la responsabilidad administrativa que se hace efectiva a través del poder disciplinario, aparece cuando el agente comete una falta de servicio, transgrediendo las reglas propias de la función pública (conf. Marienhoff, Miguel S., “Tratado de Derecho Administrativo", Tomo III B, Editorial Abeledo Perrot, Buenos Aires, año 1998, página 409) siendo que este poder disciplinario estatal fue ejercido, en el presente caso, mediante la instrucción de un sumario administrativo;

Que debe señalarse que el procedimiento sumarial llevado adelante, no contiene vicio alguno que lo invalide, pues se dio cumplimiento a las normas que informan el debido proceso y se resguardó el ejercicio del derecho de defensa, en tanto que la agente fue debidamente notificada a los efectos de formular descargo, ofrecer prueba y presentar alegatos;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, emitió Dictamen Nº 3184/2021, señalando que en autos se encuentra fehacientemente acreditada la conducta irregular de la señora Mercado;

Que de conformidad a las competencias establecidas en el artículo 8º de la Ley Nº 6831, Fiscalía de Estado ha tomado debida intervención mediante Dictamen Nº 84/2024, concluyendo que corresponde aplicar la sanción de cesantía a la referida docente;

Por ello, en ejercido de las potestades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, y 144, inciso 2), de la Constitución Provincial y de las competencias establecidas en el artículo 2o de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por concluido y aprobado el sumario administrativo ordenado por Resolución Nº 763/2022 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

ARTÍCULO 2º.- Aplícase, la sanción de cesantía a la señora Agustina Mercado, D.N.I. Nº 24.072.667, Maestra Escolar Auxiliar Bilingüe Titular de la Unidad Educativa Nº 4167, dependiente de la Dirección General de Educación Primaria, de conformidad a lo previsto por el artículo 88 del Decreto Nº 4118/1997, y en mérito a las razones expresadas en el considerando del presente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Fiore Viñuales - López Morillo








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