DECRETO N° 709/22
DENIEGA POR INADMISIBILIDAD FORMAL RECURSO. SUBOFICIAL PRINCIPAL (R) DARÍO PEDRO GORRITI ECHEGARAY. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21304, el día 31 de Agosto de 2022.



SALTA, 25 de Agosto de 2022

DECRETO Nº 709

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 01-88617/2021-Cde 1 y Adjunto.-

VISTO el recurso interpuesto por el Suboficial Principal (R) de la Policía de la Provincia, Darío Pedro Gorriti Echegaray, en contra del Decreto Nº 873/2021; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del citado Decreto se dispuso rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente, en contra del Decreto Nº 217/2021, que dispuso el pase a Retiro Obligatorio del Personal Superior y Subalterno de la Policía de la Provincia, entre los cuales se encontraba el Suboficial Principal Gorriti Echegaray, por encontrarse comprendido en la causal prevista en el artículo 10 inciso j) de la Ley Nº 5519 - Suplementaria de Retiros Policiales-;

Que no obstante ello, interpuso nuevamente un recurso en contra del Decreto Nº 873/2021;

Que dicha presentación resulta formalmente inadmisible, pues con el dictado del citado acto administrativo y su notificación, quedó agotada la vía administrativa, ya que el mismo es definitivo y causó estado, de conformidad a lo establecido en el artículo 178, segundo párrafo, de la Ley Nº 5348 -De Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta-;

Que el acto hoy impugnado es definitivo, porque puso fin a la cuestión, y causó estado porque, respecto de él, no puede articularse recurso administrativo alguno por encontrarse resueltos todos aquéllos que, dentro del ordenamiento administrativo, podían interponerse en su contra, y se habilitó, en consecuencia, la judicial (CJS, en causas “Fili, A, vs. Provincia de Salta”, Tomo 32, 1º parte B, año 1981 pág. 1.437, “Huidobro Saravia vs. Provincia de Salta", L. 21, Tomo 2, año 1970, págs. 1263/1271, entre otros);

Que, asimismo, cabe señalar que la improcedencia formal del recurso interpuesto, exime la evaluación de la cuestión de fondo planteada en el mismo;

Que por lo expresado y atento al Dictamen Nº 31/2022 de la Fiscalía de Estado, corresponde denegar por ser formalmente inadmisible, el recurso presentado por el Suboficial Principal (R) de la Policía de la Provincia, Darío Pedro Gorriti Echegaray, en contra del Decreto Nº 873/2021;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Deniégase por inadmisibilidad formal el recurso presentado por el Suboficial Principal (R) de la Policía de la Provincia, Darío Pedro Gorriti Echegaray, D.N.I. Nº 21.319.520, en contra del Decreto Nº 873/2021, en mérito a los argumentos expresados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cornejo - López Morillo




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