DECRETO N° 719/22
DISPONE LA BAJA POR ELIMINACIÓN. AGENTE MARISEL ÁNGELA SOLALIGUE. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21304, el día 31 de Agosto de 2022.



SALTA, 25 de Agosto de 2022

DECRETO Nº 719

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0080050-300598/2020-0

VISTO las actuaciones de referencias, relativas a la situación de la Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta (SPPS), Marisel Ángela Solaligue; y,

CONSIDERANDO:

Que las mismas se inician a raíz del informe elaborado por el Departamento de Vigilancia y Tratamiento del SPPS, relacionado con el bajo desempeño laboral de la mencionada agente;

Que en consecuencia, mediante Disposición Nº 591/2020, la Dirección General del SPPS dispuso la constitución de una Junta de Eliminación a fin de tratar y evaluar su situación laboral;

Que a tal efecto, en el marco de las atribuciones de asesoramiento establecidas en el artículo 37 del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascenso y Eliminaciones del Personal Penitenciario- y en el artículo 75 de la Ley Nº 5639 -Ley Orgánica del Servicio Penitenciario-, la mencionada junta se reunió en fecha 24 de junio de 2020 y mediante el Acta Nº 04/2020, recomendó la eliminación de la Agente Solaligue de las fijas del Servicio Penitenciario por encontrarse prevista en la causal del artículo 43 inciso c), del citado decreto;

Que en este sentido, previa intervención del Departamento Asesoría Letrada del SPPS (conf. Dictamen Nº 937/2020), se dictó la Disposición Nº 1100/2020 de la Dirección General del referido organismo, solicitando a la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios, que propicie el dictado del acto administrativo que disponga la Baja de la mencionada agente;

Que es dable observar que se ha respetado el procedimiento que obligatoriamente debe seguirse para los ascensos y eliminaciones del personal del Servicio Penitenciario, conforme lo dispone el artículo 26 del Decreto Nº 1108/1985;

Que, asimismo, la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios (conf. Dictamen Nº 366/2020), la Dirección General de Asuntos Jurídicos del entonces Ministerio de Seguridad (conf. Dictamen Nº 1151/2021) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia (conf. Dictamen Nº 516/2022), coinciden en que se disponga la baja de la Agente Marisel Ángela Solaligue, por la misma causal que propuso la Junta de Eliminación;

Que debe tenerse presente que la Corte de Justicia de Salta ha manifestado en diversas oportunidades que “el ejercicio del poder disciplinario constituye una potestad propia del Poder Administrador, derivada de la especial relación de sujeción a que se encuentran sometidos voluntariamente los empleados públicos (Tomo 59:269; 82:159; 151:437; 205:321, entre otros)” [conf. CJS, 15/10/2020, en causa “Soria, Edgardo Marcelo; García, Julio Eduardo vs. Provincia de Salta de Salta - Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos -Recurso de Apelación” (Expte. Nº CJS 40.178/19)];

Que en virtud a lo expuesto, y atento al Dictamen Nº 389/2021 emitido por la Fiscalía de Estado, corresponde disponer la baja de la mencionada agente y emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 2), de la Constitución Provincial, y de las competencias atribuidas por el artículo 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la baja por eliminación de la Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Marisel Ángela Solaligue, D.N.I. Nº 32.543.319, Clase 1986, Legajo Personal Nº 4106, de conformidad con lo establecido en el artículo 43, inciso c), del Decreto Nº 1108/1985 - Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario de la Provincia-, conforme a los fundamentos expresados en el considerando precedente.

ARTÍCULO .- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cornejo - López Morillo




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