DECRETO N° 720/21
RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO. SRA. ARMINIA ANASTASIA MADRIGAL.

Publicado en el Boletín N° 21069, el día 09 de Septiembre de 2021.



SALTA, 31 de Agosto de 2021

DECRETO Nº 720

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 44-132985/2018 y agregados.

VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora Arminia Anastacia Madrigal, en contra de la Resolución Nº 422/2020 emitida por el Ministerio de Seguridad; y,

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución Nº 58/2019 el Ministerio de Seguridad dejó sin efecto la Resolución Nº 1.118/2018 y se denegó el beneficio de pensión solicitado por la señora Madrigal, en carácter de cónyuge supérstite del agente (R) fallecido Wenceslao Gutiérrez, por encontrarse comprendida en lo previsto por el artículo 70 inciso b) de la Ley Nº 6.719;

Que en contra de la mencionada Resolución, la señora Madrigal interpuso un Recurso de Reconsideración que fue rechazado por la Resolución Nº 422/2020;

Que frente a la misma la administrada interpuso Recurso Jerárquico en legal tiempo y forma, es decir cumpliendo con los requisitos de admisibilidad formal, conforme a lo establecido en los artículos 179 y 180 de la Ley Nº 5.348;

Que la recurrente expresa su disconformidad con el acto cuestionado, en tanto estima que cercena sus derechos fundamentales, atento a que no se analizó la prueba ofrecida y principalmente, porque se le niega la pensión por ser viuda del señor Wenceslao Gutiérrez;

Que además sostiene que el acto impugnado posee vicios groseros por falta de motivación, valiéndose para ello de los argumentos vertidos en su presentación anterior;

Que de lo fundamentado por la encartada en el recurso interpuesto, solo constituye una mera disconformidad respecto de los antecedentes que informan la decisión adoptada, pretendiendo desvirtuar lo decidido a través de meras afirmaciones sin sustento probatorio ni jurídico alguno, las cuales resultan insuficientes para enervar una decisión de la cartera ministerial de origen, que de ningún modo se exhibe como una supuesta falta de motivación;

Que de las constancias obrantes en el expediente y en especial del acta comparendo y del informe de la Unidad de Trámites Previsionales de Regímenes Especiales, se confirma que la impugnante se encuentre comprendida en el artículo 70 inciso b) de la Ley Nº 6.719;

Que asimismo, la recurrente no aportó elemento alguno que lleva a la Administración a modificar la decisión adoptada, por lo que no se observa razón o motivo para alterar lo resuelto;

Que en virtud a lo expresado y atento el Dictamen Nº 15/2021 emitido por la Fiscalía de Estado, corresponde rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora Arminia Anastacia Madrigal, en contra de la Resolución Nº 422/2012 del Ministerio de Seguridad;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 2) de la Constitución Provincial y artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora ARMINIA ANASTACIA MADRIGAL, DNI Nº 6.642.795, en contra de la Resolución Nº 422/2020 dictada por el Ministerio de Seguridad, atento los fundamentos invocados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Pulleiro - Villada (I)




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