DECRETO N° 730/20
APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20862, el día 06 de Noviembre de 2020.



SALTA, 04 de Noviembre de 2020

DECRETO Nº 730

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 0110011-208085/2020-0

VISTO
el Convenio Marco de Cooperación entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que el convenio suscripto tiene por objeto principal mancomunar esfuerzos para concretar acciones conjuntas tendientes a promover proyectos de investigación, docencia y extensión en temas de interés común para las partes;

Que en este contexto, ambas partes se comprometen a prestar colaboración en la investigación especializada y asesoramiento, en las prácticas profesionales supervisadas, en las pasantías e intercambios de expertos para el desarrollo de programas, en la organización de cursos de formación, seminarios y jornadas, en la realización de ediciones, publicaciones y producciones conjuntas y en otras acciones que se acuerden en protocolos adicionales;

Que la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 140 segundo párrafo de la Constitución Provincial y el artículo 1º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el Sr. Ministro de Economía y Servicios Públicos, señor Roberto Antonio Dib Ashur y la Universidad Nacional de Salta, representada por el señor rector, Víctor Hugo Claros, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO .- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO


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