DECRETO N° 734/23
APRUEBA CONVENIO CON LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, PARA IMPLEMENTAR MEDIDAS DE APOYO A LA EMEGENCIA EN EL MARCO DE LA LEY N° 26.509.

Publicado en el Boletín N° 21592, el día 15 de Noviembre de 2023.



SALTA, 8 de Noviembre de 2023

DECRETO Nº 734

MINISTERIO PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 142-226028/2023

VISTO el Convenio celebrado entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Salta, para implementar medidas de apoyo a la Emergencia en el marco de la Ley Nº 26.509; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Ley creó el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios con el objetivo de prevenir y/o mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos, que afecten significativamente la producción y/o la capacidad de producción agropecuaria;

Que en ese marco, se celebra el referido convenio, el cual tiene por objeto la cooperación y asistencia de las partes a efectos de fortalecer los sistemas productivos de las productoras y productores agropecuarios mediante el mantenimiento y/o mejoramiento de caminos rurales ubicados en la Provincia de Salta, para prevenir y reducir los posibles daños por eventuales emergencias agropecuarias;

Que con dicha finalidad la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación se compromete a aportar a la Provincia la suma de hasta pesos doscientos quince millones ($ 215.000.000) en forma de aporte no reembolsable;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable tomó la intervención de su competencia;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Apruébase el Convenio entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Salta, para implementar medidas de apoyo a la Emergencia en el marco de la Ley Nº 26.509, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo



VER ANEXO


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