DECRETO N° 744/21
RECHAZA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN. AGENTE (R) CARLOS ERNESTO AGUAYSOL. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21071, el día 16 de Septiembre de 2021.



SALTA, 02 de Septiembre de 2021

DECRETO Nº 744

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 44-43982/2020 y adjunto.

VISTO el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Agente (R) de la Policía de la Provincia de Salta, Carlos Ernesto Aguaysol en contra del Decreto Nº 175/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mismo, se dispuso el pase a situación de Retiro Obligatorio de agente de la Policía de la Provincia Aguaysol, por la causal comprendida en el artículo 19 inciso b), punto 2) del Decreto Nº 248/1975 del “Reglamento del Régimen de Promociones Policiales”;

Que tal como surge de las constancias de autos, el Recurso de Reconsideración fue interpuesto dentro de los diez días hábiles previstos en el artículo 177 de la Ley Nº 5.348, por lo que resulta procedente su tratamiento;

Que en su presentación, el impugnante solicita la revocación del acto atacado fundándose en que resulta ser arbitraria la valoración de los hechos;

Que cabe precisar, en primer lugar, que el pase a Retiro Obligatorio dispuesto, se sustenta en los hechos acreditados en el marco del legajo personal del señor Aguaysol y del Acta de Consideración Individual de la Junta de Eliminación del Personal Subalterno - Año 2019-, en donde los miembros aconsejaron el inicio del trámite por exceso de arresto;

Que el impugnante poseía rango de Agente y, por ende pertenece al Escalafón General, Personal Subalterno, Cuerpo de Seguridad. Siendo ello así, en el caso de autos, resulta de aplicación el Decreto Nº 248/1975;

Que por tales motivos, en estos obrados se comprueba que se actuó dentro del ámbito de la legalidad y con sustento en la norma jurídica vigente;

Que en este marco, de las constancias de autos, surge que el pase a Retiro Obligatorio del señor Aguaysol, ha sido dictado en el ámbito de un procedimiento en el que se reunieron pruebas suficientes, las que no fueron desvirtuadas por el agente. Así se comprobó, que éste contaba con antecedentes desfavorables, los cuales obran en su legajo personal y se desprenden del Acta de Consideración Individual de la Junta de Eliminación del Personal Subalterno;

Que atento las consideraciones expresadas precedentemente y en virtud al Dictamen Nº 351/2020 producido por la Fiscalía de Estado, corresponde rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Agente (R) de la Policía de la Provincia de Salta, Carlos Ernesto Aguaysol, en contra del Decreto Nº 175/2020;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 2) de la Constitución Provincial y de las competencias atribuidas por el artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Agente (R) de la Policía de la Provincia de Salta, CARLOS ERNESTO AGUAYSOL, DNI Nº 36.607.049, clase 1985 en contra del Decreto Nº 175/2020, atento los fundamentos consignados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuniqúese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Pulleiro - Villada (I)




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