DECRETO N° 751/20
APRUEBA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA CELEBRADO ENTRE LA EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA - AR-SAT, LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20866, el día 12 de Noviembre de 2020.



SALTA, 11 de Noviembre de 2020

DECRETO Nº 751

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica celebrado entre la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima -AR-SAT-, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, y la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho acuerdo tiene por objeto que las partes establezcan un marco para la colaboración y cooperación institucional entre ellas, a fin de asistirse y asesorarse mutuamente para avanzar con el logro de objetivos que les son propios y, en particular, promover el acceso y uso compartido de infraestructura física de telecomunicaciones, tendiendo a reducir la brecha digital en el menor plazo posible, a través del uso eficiente de las infraestructuras físicas existentes, en el marco del PLAN CONECTAR 2020-2023;

Que en este marco, las partes se comprometen a suscribir convenios específicos, a fin de determinar la naturaleza, términos y alcances de la cooperación;

Que el presente convenio no implica compromiso de orden económico o financiero, ni erogaciones presupuestarias para la Provincia;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica celebrado entre la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima -AR-SAT-, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, y la Provincia de Salta, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas



VER ANEXO




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