SALTA, 20 de Noviembre de 2024
DECRETO Nº 762
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140050-25586/2024-0
VISTO el pedido de Retiro Voluntario presentado por el Sargento del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Julio César Sánchez; y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las constancias de autos, se encuentran acreditados los requisitos exigidos para el pase a situación de retiro conforme lo establece el Acta Complementaria al Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social, ratificada mediante el Decreto Nacional Nº 301/2006 y Decreto Provincial Nº 134/2006, este último ratificado mediante la Ley Nº 8128, razón por la cual corresponde conceder el beneficio invocado;
Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de la Resolución Nº 1348/2024 del Ministerio de Seguridad y Justicia, debidamente notificada al beneficiario;
Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubiesen caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de sus haberes;
Que en virtud a todo lo expresado y atento el Dictamen Nº 3570/2024 de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, es procedente el dictado del instrumento legal correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5639, Nº 6818 y Nº 8128,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Sargento del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Julio César Sánchez, D.N.I. Nº 27.426.774, Clase 1979, Legajo Personal Nº 2143, Escalafón Penitenciario, en mérito a los fundamentos consignados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro, el agente deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubiesen caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo