DECRETO N° 764/21
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 1.066 - DEPARTAMENTO CAPITAL. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. SRA. JORGELINA LAVAQUE Y SR. SERGIO DANIEL LAFUENTE.

Publicado en el Boletín N° 21073, el día 20 de Septiembre de 2021.



SALTA, 03 de Septiembre de 2021

DECRETO Nº 764

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120159-229800/2014-0

VISTO el Decreto Nº 766/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mismo se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle Catamarca Nº 70, identificado con Matrícula Nº 1.066, Sección D, Manzana 2, Parcela 7, Departamento Capital de la ciudad de Salta, destinado al funcionamiento de oficinas dependientes de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que el precitado contrato de locación previo la posibilidad de
prórroga, por lo que en esta instancia haciendo uso de dicha facultad, se procedió a la celebración de la misma;

Que el Departamento Contabilidad de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología ha tomado intervención efectuando la imputación presupuestaria correspondiente;

Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos
Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001, y el artículo 110 de la Ley Nº 8.072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del Contrato de Locación de inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Canepa y la señora JORGELINA LAVAQUE, DNI Nº 16.734.863 y el señor SERGIO DANIEL LAFUENTE DNI Nº 14.708.425, a partir del 02/05/2021 y hasta el 01/05/2023, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida presupuestaria: Jurisdicción 07 -SAF 1 - Curso de Acción 003 - Actividad 0001- Servicios No Personales - Secretaría de Control y Procesos - Código: 071003000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el Señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - Villada (I)





VER ANEXO


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