DECRETO N° 785/20
RECHAZA POR INADMISIBILIDAD FORMAL RECURSO JERÁRQUICO. EX SARG. RAMÓN ALEJANDRO AGUILAR. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20876, el día 27 de Noviembre de 2020.



SALTA, 25 de Noviembre de 2020

DECRETO Nº 785

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 44-174.300/2017-1 y adjuntos.

VISTO
Recurso de Jerárquico interpuesto por el Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, Ramón Alejandro Aguilar, en contra de la Resolución Nº 46/2019 dictada por el Ministerio de Seguridad; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Resolución se rechazó por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 601/2019, mediante la cual se otorgaba el retiro obligatorio del Sargento Aguilar conforme a lo estipulado en el artículo 65 de la Ley Nº 6.719;

Que de acuerdo a las constancias de autos, se observa que la Resolución Nº 46/2019 fue notificada al peticionante en el domicilio constituido por su apoderado, el 7 de enero de 2020 y la interposición del recurso se realizó el 23 de enero de 2020, es decir una vez vencido el término de diez (10) días establecidos en el artículo 180 de la Ley Nº 5.348 -Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta-;

Que los plazos en el procedimiento administrativo son obligatorios y, para el caso específico de los recursos administrativos, se agrega un elemento más, consistente en su perentoriedad; ello significa que, por el solo transcurso del tiempo se produce la pérdida del derecho o facultad procesal que ha dejado de usarse (Cfr. Hutchinson, Tomás, “Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Comentada”, T. 1, pág. 36, nota 64);

Que al respecto corresponde señalar que, la limitación temporal en el ejercicio del derecho de recurrir, encuentra su fundamento en el principio de seguridad jurídica y en el buen orden que debe presidir la actividad de la Administración;

Que de este modo, la improcedencia formal del Recurso Jerárquico bajo examen, exime del análisis de la cuestión de fondo planteada en autos;

Que por lo expresado y atento el Dictamen Nº 218/2020 de la Fiscalía de Estado, corresponde denegar por inadmisibilidad formal el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, Ramón Alejandro Aguilar, en contra de la Resolución Nº 46/2019 del Ministerio de Seguridad;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo y el artículo 144 inciso 2º), de la Constitución Provincial y el artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase por inadmisibilidad formal el Recurso Jerárquico interpuesto por el ex Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, RAMÓN ALEJANDRO AGUILAR, DNI Nº 24.104.971, en contra de la Resolución Nº 46/2019, en mérito a los argumentos expresados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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