DECRETO N° 803/21
APRUEBA ADENDA AL CONVENIO MARCO COMPROMISO DE TRABAJO PERIÓDICO, SUSCRIPTA CON LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD DE LA NACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21076, el día 23 de Septiembre de 2021.



SALTA, 20 de Septiembre de 2021

DECRETO Nº 803

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 0100321-196295/2020-0

VISTO las presentes actuaciones, por las cuales tramita la aprobación de la Adenda al Convenio Marco Compromiso de Trabajo Periódico, suscripto entre la Agencia Nacional de Discapacidad de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por objeto formalizar la continuidad del convenio marco y el compromiso de trabajo periódico, aprobado mediante Decreto Nº 1.334/2018;

Que en dicho contexto, modifica la cláusula novena y sustituye el Anexo I de cobertura de patologías de alto costo y baja incidencia, y elementos de tecnología biomédica;

Que propone actualizar el monto de la cápita unitaria y extra cápita por beneficio y según jurisdicción provincial, que adhiere al Programa Federal de Salud INCLUIR SALUD;

Que los organismos técnicos competentes tomaron la intervención previa que les corresponde;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 2º de la Constitución Provincial y artículos 2 y 3 de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Adenda al Convenio Marco Compromiso de Trabajo Periódico, suscripta entre la Agencia Nacional de Discapacidad de la Nación, representado por el señor Director Ejecutivo Claudio Flavio Augusto Espósito y el Ministerio de Salud Pública, que como Anexo I, forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será firmado también por los señores Ministro de Salud Pública y Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban - Villada (I)



VER ANEXO




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