SALTA, 6 de Diciembre de 2023
DECRETO N° 810
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente N° 226-269115/2023-0
VISTO la “Adenda N° 1 al Convenio Específico del Convenio Marco de Cooperación y Financiamiento para la Adquisición de Bienes, Insumos, Contratación de Obras y/o Servicios mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego”, suscripta entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del Decreto N° 796/2022, se aprobó el “Convenio Especifico del Convenio Marco de Cooperación y Financiamiento para la Adquisición de Bienes, Insumos, Contratación de Obras y/o Servicios mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego”;
Que con el objeto de modificar la cláusula cuarta del citado convenio, la cual contiene un error material, las partes suscribieron la presente adenda;
Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial, y lo previsto en la Ley N° 8171, modificada por su similar N° 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la “Adenda N° 1 al Convenio Específico del Convenio Marco de Cooperación y Financiamiento para la Adquisición de Bienes, Insumos, Contratación de Obras y/o Servicios mediante el Fondo Nacional de Manejo del Fuego”, suscripta entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta, cuyo texto como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y arcliívlese.
SÁENZ - De Los Ríos Plaza - López Morillo