SALTA, 4 de Octubre de 2022
DECRETO Nº 830
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expte, Nº 11-129039/2022 y agregados.-
VISTO el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera celebrado entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del mismo el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional asistirá a la Provincia para el financiamiento de la ejecución de la obra: “Repavimentación con Carpeta Asfáltica con Polímero y Obras Complementarias - Ruta Provincial Nº 23, Tramo: Cerrillos - Rosario de Lerma, Sección: Prog. 0,00 m. - 11.460,00 m.’’, habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Nacional Nº 25.917 y su modificatoria Nº 27.428 referidas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Practicas de Gobierno;
Que dicho financiamiento asciende a la suma de pesos cuatrocientos millones ($400.000.000,00);
Que han tomado intervención de su competencia la Secretaría de Finanzas, la Contaduría General de la Provincia, la Oficina Provincial de Presupuesto y Fiscalía de Estado;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y por lo dispuesto en la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera celebrado entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Salta, para el financiamiento de la ejecución de la obra: “Repavimentación con Carpeta Asfáltica con Polímero y Obras Complementarias - Ruta Provincial Nº 23, Tramo: Cerrillos - Rosario de Lerma, Sección: Prog. 0,00 m - 11.460,00 m.”, cuyo texto como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por el señor Ministro de Infraestructura, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Dib Ashur - Camacho - López Morillo