DECRETO N° 835/20
APLICA SANCIÓN DE CESANTÍA. SARGENTO DIEGO SEBASTIÁN DÍAZ. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20887, el día 15 de Diciembre de 2020.



SALTA, 10 de Diciembre de 2020

DECRETO Nº 835

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 0140044-74655/2019-3

VISTO
la situación del Sargento de la Policía de Salta, señor Diego Sebastián Díaz; y,

CONSIDERANDO:

Que a partir del informe producido por la Sección de Bonificaciones de la División Administración de Recursos Humanos de la Policía de la Provincia, se puso en conocimiento que el Sargento Díaz faltó al servicio sin causa justificada por más de siete (07) días consecutivos en el año 2019;

Que por tal motivo, se le instruyó un sumario administrativo, dictándose luego, la Resolución del Jefe de la Policía de la Provincia Nº 40929/2019, mediante la cual se solicita a la Secretaría de Seguridad el dictado del instrumento legal respectivo, que disponga la destitución por cesantía del Sargento, de conformidad a lo previsto por el artículo 61 inciso a) de la Ley Nº 6.193 del Personal Policial, por infracción al artículo 108 inciso b) del Decreto Nº 1.490/2014- Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Salta-;

Que por lo demás, se advierte del informe de la Dirección Liquidación de Sueldos, que el Sargento Díaz adeuda remuneraciones percibidas indebidamente en el período previo a la suspensión de sus tareas;

Que la responsabilidad administrativa, que se hace efectiva a través del poder disciplinario, aparece cuando el agente comete una falta de servicio, transgrediendo reglas propias de la función pública (Marienhoff, Miguel S., “Tratado de Derecho Administrativo”, Tomo lll-B, pág. 409, Ed. Abeledo Perrot, Bs. As 1998), siendo que este poder disciplinario estatal fue ejercido, en el presente caso, mediante la instrucción de un sumario administrativo, conforme lo ordena el artículo 190 inciso a) del Decreto Nº 1.490/2014;

Que de acuerdo con las constancias de autos, quedó acreditado que el mencionado agente incurrió en la causal prevista de abandono de servicio, al haberse comprobado que faltó al servicio por más de diez días alternados en el transcurso del año 2019, resultado la sanción de cesantía ajustada a derecho;

Que el procedimiento sumarial llevado a cabo no contiene vicio alguno que lo invalide, pues, se dio cumplimiento a las normas que informan el debido proceso, se resguardo el ejercicio del derecho de defensa de conformidad con las disposiciones contenidas en el Reglamento General de la Policía de la Provincia de Salta, respetándose de este modo, el principio axiológico fundamental contenido en los artículos 18 de la Constitución Nacional y Provincial;

Que en virtud de lo expresado y atento el Dictamen Nº 61/2020 producido por la Fiscalía de Estado, corresponde disponer la destitución por cesantía del Sargento de la Policía de la Provincia Diego Sebastián Díaz, debiendo posteriormente darse la intervención pertinente a la Sindicatura General de la Provincia;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo, 144 inciso 2º) de la Constitución Provincial, y 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aplícase la sanción de cesantía al Sargento de la Policía de la Provincia de Salta, DIEGO SEBASTIÁN DÍAZ, DNI Nº 27.910.967, Clase 1.980, Legajo Personal Nº 13.972, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 inciso a) de la Ley Nº 6.193 del Personal Policial, por infracción al artículo 108 inciso b) del Decreto N° 1.490/2014 -Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Salta- atento los fundamentos consignados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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