SALTA, 11 de Diciembre de 2024
DECRETO Nº 848
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el “Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Salta” y su “Protocolo Adicional”, aprobados mediante Decreto N° 203/24 ; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del citado Convenio, la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado de la Procuración del Tesoro de la Nación (ECAE) y la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Salta se han comprometido a brindar colaboración mutua a través de programas conjuntos referidos al intercambio de información de mutuo interés, de documentación técnica y bibliográfica; a la complementación y asistencia recíproca de índole académica, cultural y de servicio; programas, visitas, pasantías y otras actividades de capacitación técnico profesional; cooperación institucional en foros, seminarios, conferencias y cursos, nacionales e internacionales;
Que mediante el Protocolo Adicional, las partes acordaron el inicio, implementación y desarrollo de una “Diplomatura Federal”;
Que la mencionada capacitación ha culminado exitosamente, con la participación de abogados estatales de los diferentes Órganos del Estado, que desempeñan su labor tanto en el ámbito provincial como municipal;
Que como consecuencia de que han aprobado la Diplomatura más de cien letrados y dado el gran interés que han mostrado en continuar profundizando sus ccnocimientos en el ámbito de la abogacía estatal, la ECAE y la Secretaría General de la Gobernación, a través del Laboratorio del Derecho Público de Salta, han suscripto ura Adenda al Protocolo Adicional, mediante la cual se acordó el dictado de la “Especialización Federal en Abogacía Pública”, destinada a aquellos alumnos que han aprobado la Diplomatura Federal señalada precedentemente;
Que es política del Gobierno actual promover este tipo de capacitaciones, especialmente por estar vinculadas al federalismo y a la abogacía pública estatal;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y por la Ley N° 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Adenda al Protocolo Adicional al Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Salta aprobado por Decreto 203/24, que como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que genere el cumplimiento del presente se imputará a las oartidas pertinentes del ejercicio correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Mimessi (I) - López Morillo