DECRETO N° 884/20
DESIGNA AL ESC. FABIO ADRIÁN MAMANI, COMO ADJUNTO AL REGISTRO NOTARIAL Nº 142 CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE JOAQUÍN V. GONZÁLEZ.

Publicado en el Boletín N° 20900, el día 07 de Enero de 2021.



SALTA, 30 de Diciembre de 2020

DECRETO Nº 884

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 41-265457/2020

VISTO
el expediente de referencia, mediante el cual el escribano Orlando Villalba, titular del Registro Notarial Nº 142, solicita la adjunción del escribano Fabio Adrián Mamani; y,

CONSIDERANDO:

Que motiva el pedido del escribano Villalba, la necesidad de contar con la colaboración profesional debido al aumento del tráfico jurídico en su Registro;

Que el Decreto Nº 2.582/2000, reglamentario de la Ley Nº 6.486 de la Función Notarial, en su artículo 4º establece los requisitos que deben cumplirse para solicitar la adjunción de un escribano;

Que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Salta, verificó el cumplimento de las obligaciones legales, profesionales y reglamentarias, dispuestas por la normativa antes citada, resolviendo mediante Acta Nº 2400 de fecha 11 de septiembre de 2020, que correspondería hacer lugar a la adjunción solicitada;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia mediante Dictamen Nº 1.073/2020 concluyó que correspondería hacer lugar a la adjunción solicitada;

Por ello; con encuadre en el artículo 4º de la Ley Nº 6.486,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al escribano FABIO ADRIÁN MAMANI, DNI Nº 26.994.931, como adjunto al Registro Notarial Nº 142 con asiento en la ciudad de Joaquín V. González, a cargo del escribano Orlando Villalba, DNI Nº 16.238.676 en mérito a las razones precedentemente enunciadas en los considerandos del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Villada (I)




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