SALTA, 15 de Febrero de 2024
DECRETO Nº 95
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 0010226-247229/2023-0
VISTO la Adenda suscripta entre el entonces Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que por la citada Adenda, las partes acuerdan de manera excepcional, reasignar los fondos remanentes no invertidos en la implementación del “Proyecto de Acompañamiento Familiar en Contextos Rurales/Comunidades Originarias”;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución de la Provincia,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Adenda al Convenio aprobado oportunamente por Decreto Nº 598/2020 y ampliado por sus similares Nº 81/2022 y Nº 243/2023, celebrada entre el entonces Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta, cuyo texto en copia certificada, como Anexo, forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Mimessi - López Morillo