DECRETO N° 953/21
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 1.606 DEL DEPARTAMENTO ORÁN. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Nº 6.046.

Publicado en el Boletín N° 21104, el día 03 de Noviembre de 2021.



SALTA, 1 de Noviembre de 2021

DECRETO Nº 953

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120159-191322/2011-1.-

VISTO
el Decreto Nº 737/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mismo se aprobó el contrato de locación del inmueble identificado con la Matrícula Nº 1606 del Departamento Orán (16) destinado al funcionamiento del Instituto de Educación Superior Nº 6046, dependiente de la Dirección General de Educación Superior;

Que el precitado contrato de locación previo la posibilidad de prórroga, por lo que en esta instancia haciendo uso de dicha facultad, se procedió a la celebración de la misma;

Que el Departamento Contabilidad de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología ha tomado intervención efectuando la imputación presupuestaria correspondiente;

Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001, y el artículo 110 de la Ley Nº 8.072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del Contrato de Locación de inmueble suscripta entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Dr. Matías Antonio Cánepa y la Diócesis de Orán, representada por el C.P.N. David Taranto, D.N.I. Nº 16.080.477, en su carácter de apoderado, la que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación- SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 014 - Actividad: 0001-Servicios No Personales - Docencia Educación Superior -Código: 071014000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Canepa - López Morillo



VER ANEXO




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