DECRETO N° 959/22
OTORGA BENEFICIO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ARTÍSTICO. SR. JOSÉ EMILIO MORALES.

Publicado en el Boletín N° 21347, el día 07 de Noviembre de 2022.



SALTA, 2 de Noviembre de 2022

DECRETO Nº 959

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 59-29737/2019

VISTO la solicitud del señor José Emilio Morales de otorgamiento del beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico como intérprete de música; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias, se establece: “Régimen de Reconocimiento al Mérito Artístico;

Que el artículo 2º de la normativa citada, establece: "Los reconocimiento estarán destinados a beneficiar a creadores literarios, plásticos, artesanales, de Ia composición musical y a los intérpretes de obras de autores salteños cuyos contenidos, entrañen el espíritu de los contextos tradicionales, históricos o geográficos de nuestra Provincia, de la región o del país y tendrán el carácter de vitalicios”;

Que en ese marco normativo y del análisis de las constancias de autos, surge que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos para obtener el beneficio al mérito artístico como intérprete de música (artículo 3o de la Ley Nº 6475, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 6802);

Que en efecto, el señor Morales cuenta con más de cincuenta y cinco (55) años de edad y acredita ser nativo de la Provincia de Salta;

Que, asimismo, se constata que es intérprete de un grupo de raíz folklórica con una trayectoria ininterrumpida de 20 años, que posee por lo menos una grabación magnetofónica de las denominadas “larga duración” en alguna compañía grabadora de garantizada difusión nacional y/o internacional y acredita en su repertorio una constante interpretativa de obras de compositores y/o autores salteños que alcanza más del cuarenta por ciento (40%) del mismo;

Que la Fiscalía de Estado y la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Que en virtud de ello, corresponde acoger favorablemente el pedido de reconocimiento al Mérito Artístico tramitado, con encuadre en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación, el beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico solicitado por el señor José Emilio Morales, D.N.I. Nº 13.118.629, en la categoría de intérprete de música, con encuadre legal en los artículos 2º, 3º inciso g) y 5º inciso d), de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias, y en mérito a las razones expresadas en el considerando del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción correspondiente de la Secretaría de Cultura - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - López Morillo




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