DECRETO N° 960/22
OTORGA BENEFICIO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ARTÍSTICO. SR. JUAN CARLOS ROBLES.

Publicado en el Boletín N° 21347, el día 07 de Noviembre de 2022.



SALTA, 2 de Noviembre de 2022

DECRETO Nº 960

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0060059-270477/2019-0 y agregado

VISTO la solicitud del señor Juan Carlos Robles de otorgamiento del beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico como intérprete de danzas folclóricas; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias se creó el Régimen de Reconocimientos al Mérito Artístico;

Que el artículo 2º de la citada ley, establece que "Los reconocimientos estarán destinados a beneficiar a creadores literarios, plásticos, artesanales, de la composición musical y a los intérpretes de obras de autores salteños cuyos contenidos, entrañen el espíritu de los contextos tradicionales, históricos o geográficos de nuestra Provincia, de la región o del país y tendrán el carácter de vitalicios”;

Que en ese marco normativo y del análisis de las constancias de autos, surge que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos para obtener el beneficio al mérito artístico como intérprete de danzas folclóricas (artículo 3º de la Ley Nº 6475, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 6802);

Que, en efecto, el señor Robles cuenta con más de cincuenta y cinco (55) años de edad y acredita una residencia de más de veinticinco (25) años en la Provincia de Salta;

Que, asimismo, acredita más de veinte (20) años de trayectoria pública ininterrumpida ante la consideración del público nacional y/o internacional en teatros y festivales que garanticen una permanencia en la difusión de nuestra identidad fuera del territorio provincial;

Que la Fiscalía de Estado y la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Que en virtud de ello, corresponde acoger favorablemente el pedido de reconocimiento al Mérito Artístico tramitado, con encuadre en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación, el beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico solicitado por el señor Juan Carlos Robles, D.N.I. Nº 11.888.940, en la categoría de intérprete de danzas folclóricas, con encuadre legal en los artículos 2º, 3º inciso j) y 5º inciso d), de la Ley Nº 6475 y sus modificatorias, y en mérito a las razones expresadas en el considerando del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción correspondiente de la Secretaría de Cultura - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.





SÁENZ - Cánepa - López Morillo




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