DECRETO N° 989/22
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS "LA BRIGADA SOLIDARIA",INMUEBLE DE MAYOR EXTENSIÓN. MATRÍCULA Nº 65.989 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21355, el día 17 de Noviembre de 2022.



SALTA, 17 de Noviembre de 2022

DECRETO Nº 989

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 388-123669/21- 0 y agregados

VISTO, la solicitud de comodato efectuada por la Asociación de Bomberos Voluntarios “La Brigada Solidaria”, y;

CONSIDERANDO:

Que la citada Asociación, solicita en comodato una fracción de 1.085 m2 del inmueble de mayor extensión, identificado con la Matrícula Nº 65.989 del Departamento Capital, de propiedad de la Provincia de Salta;

Que el objeto del comodato solicitado es la construcción del cuartel de la Asociación de Bomberos Voluntarios “La Brigada Solidaria”, a los efectos de cumplir con las labores inherentes a su oficio, cubriendo las necesidades de prevención, asistencia, colaboración y control de incendios en la zona;

Que la Ley Provincial Nº 7037, reconoce en su artículo 2º la calidad de servicio público a las actividades desarrolladas por la Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia, por lo cual, el Estado debe propender al desarrollo y fortalecimiento de las mismas;

Que la Secretaría de Tierra y Bienes del Estado, en ejercicio de las competencias asignadas por Decreto Nº 1407/2006 y Decreto Nº 127/2020, aconseja hacer lugar a la concesión del comodato por el plazo de 5 (cinco) años, por existir razones de interés público y social;

Que resulta necesario señalar que de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1372/2005 y por el artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada de la fracción del inmueble objeto del comodato, sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete, sin observaciones que formular a la continuidad del trámite de otorgamiento del comodato solicitado;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7655/1972, su modificatorio Decreto Nº 1372/2005 y Decreto Nº 3149/2010, corresponde el dictado del presente instrumento;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato, a favor de la Asociación de Bomberos Voluntarios “La Brigada Solidaria”, por un plazo de 5 (cinco) años, la superficie de 1.085,02 m2 del inmueble de mayor extensión, identificado con la Matrícula Nº 65.989 del Departamento Capital, de propiedad de la Provincia de Salta, conforme al croquis para comodato que como Anexo se acompaña al presente instrumento.

ARTÍCULO 2º - Autorízase al señor Secretario de Tierra y Bienes del Estado a suscribir el respectivo contrato de comodato.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para su registro y a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su registro y control.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada (I) - López Morillo



VER ANEXO


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