DECRETO N° 1018/19
APRUEBA CONTRATO DE COMODATO SUSCRIPTO CON EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (I.N.T.I.).

Publicado en el Boletín N° 20550, el día 26 de Julio de 2019.



SALTA, 19 de Julio de 2019

DECRETO Nº 1018

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120351-249313/2016-0

VISTO la solicitud efectuada por el Director Organizador del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.) - Salta, dependiente del Ministerio de la Producción de la Nación, mediante la cual requiere la suscripción del contrato de comodato de un espacio del inmueble donde funciona la Unidad de Formación, Investigación y Desarrollo Tecnológico de Salta (U.F.I.D.E.T), ubicado en calle Fragata Libertad Nº 350, Barrio Ciudad del Milagro, de la ciudad de Salta Capital; y

CONSIDERANDO:

Que el interesado ha solicitado el comodato de dos oficinas que ocupa en virtud del Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el INTI, aprobado por Decreto Nº 2725/07, mediante el cual la Provincia cedió un sector del inmueble arriba mencionado con el fin de dar apoyo tecnológico a la industria argentina y en especial al NOA;

Que el bien solicitado identificado con Matrícula Nº 74337 del Departamento Capital, integra el dominio público del Estado Provincial, razón por la cual el uso del mismo debe ser otorgado mediante permiso del Poder Ejecutivo;

Que tomó intervención la Dirección Fondo de Administración y Disposición de los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Provincial dependiente de la Dirección General de Tierra y Bienes emitiendo su opinión favorable, conforme a Decreto Nº 1407/06 (Ley Nº 7905 y Decreto Nº 21/16);

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha dictaminado favorablemente;

Que el Poder Ejecutivo se reserva el derecho de rescindir unilateralmente el presente permiso, de acuerdo al artículo Nº 1541 del Código Civil y Comercial de la Nación; y por razones de oportunidad, mérito o conveniencia puede exigir la restitución de la cosa antes del vencimiento del plazo, en atención a lo dispuesto en el artículo Nº 1539 del mismo cuerpo legal;

Que en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 1372/2.005 y Nº 3149/2.010, se hace necesario el dictado del pertinente instrumento legal;

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el contrato de comodato suscripto entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, representado por su titular, Prof. Nieves Analía Berruezo Sánchez y el Presidente del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.), Ing. Javier Ignacio Ibáñez, a partir de la entrada en vigencia de este instrumento y hasta el plazo de cinco (5) años, el que como anexo forma parte del presente, quedando bajo responsabilidad del comodatario la conservación, mantenimiento e higiene de lo cedido.

ARTÍCULO 2º.- Dése intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, y notifíquese a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su control.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación, Ciencia y Tecnología, el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-



URTUBEY - Berruezo Sánchez - Klix Saravia - Simón Padrós



VER ANEXO


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